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Gobierno Podrá Negar Residencia a Aplicantes que Reciban Ayuda Pública

El Máximo Tribunal de Justicia de los EEUU autoriza al gobierno central negar residencias y visas a quienes recurran, o de quienes se sospeche que pudieran recurrir, a fondos públicos de los programas de asistencia mientras este Tribunal Supremo continúa con el estudio de la viabilidad o no de esta polémica medida de Carga Pública de la Administración Trump.

Como bien lo definiéramos en nuestro blog del día 14 de Agosto del 2019, se considera carga publica cuando una persona recibe uno o más beneficios públicos por más de 12 meses dentro de un periodo de 36 meses. Esto incluye el uso de los fondos de los programas de asistencia como: el servicio médico Medicaid , cupones de alimentos, ayuda de asistencia finaciera para adquisición de vivienda conocido como plan 8, entre otros.

A pesar de que esta medida es temporal, severas afectaciones a las familias de inmigrantes ya que la regla anunciada recientemente otorga más poder a los agentes de la Oficina de Ciudadanía y Servicio Público para decidir sobre negar las solicitudes de Residencia Permanente a los inmigrantes documentados que hayan usado alguna ayuda pública.  Aclarando que haber usado asistencia publica es sólo uno de los criterios para determinar la carga pública, ya que deja a potestad de la Oficina de Inmigración de quienes podrían convertirse en carga pública en el future. En este sentido, se tomará en consideración la edad de la persona, el historial laboral, si es estudiante, el tamaño del núcleo familiar, y el nivel del dominio inglés. Tambien, aunque el inmigrante legal reciba parte de los beneficios públicos. pero sus familiares se encuentren en un proceso legal para la obtención de una visa o residencia se verán afectados, como por ejemplo, del caso de un ciudadano que técnicamente puede recibir ayuda del gobierno, pero se beneficia los miembros de su familia que este tramitando un proceso legal migratorio pudiera quedar descalificado.

A quiénes no aplica esta medida?

La medida no aplicará a 6 grupos de personas perfectamente identificables:

A los refugiados, los asilados, los peticionarios de la Visa T; es decir, víctima de trata protegida, las víctimas de violencia doméstica bajo el programa Vawa  y los jóvenes inmigrantes especiales ( SIJ ), es decir aquellos menores que han sido maltratados o abandonados por sus padres y que pudieran recibir la Residencia Permanente.

Consideraciones Finales

Al parecer no se espera que la Oficina de Servicios de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) ponga en ejecución la regla de la carga pública, hasta que se estudie el procedimiento apropiado que regirá esta norma, según fuentes informativa de los medios comunicacionales. Sin embargo, nuestra firma de Abogados Jesus Reyes, la cual presido, estará monitoreando la implementación de esta medida por parte de la oficina de inmigración y brindará la orientación y asistencia a todos los inmigrantes afectados por la medida – siempre sugiriéndole a toda la comunidad de inmigrantes a solicitar ayuda de expertos antes de asumir que serán afectados.